DESDE EL INICIO DE ESTA LEGISLATURA, SE HIZO EVIDENTE LA IMPERIOSA NECESIDAD DE ACTUALIZAR NUESTRO CÓDIGO CIVIL A FIN DE QUE REFLEJE DE MANERA MÁS FIEL Y EFECTIVA LOS PRINCIPIOS Y VALORES QUE RIGEN LA SOCIEDAD AGUASCALENTENSE. NUESTRA SOCIEDAD, QUE COLOCA A LA FAMILIA EN EL CENTRO DE SUS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES, EXIGE UNA JUSTICIA QUE SE IMPARTA CON UNA MIRADA COMPRENSIVA, PROTECTORA Y ADAPTADA A LAS REALIDADES ACTUALES. ESTA REFORMA RESPONDE A ESA DEMANDA, INTRODUCIENDO NUEVAS FIGURAS JURÍDICAS QUE SON ESENCIALES PARA OFRECER UNA JUSTICIA MÁS PRONTA, EFICIENTE Y SENSIBLE, ESPECIALMENTE EN EL ÁMBITO FAMILIAR.
«DESDE HACE MÁS DE 70 AÑOS NUESTRO CÓDIGO CIVIL NO HABIA T
ENIDO UNA REFORMA DE ESTA MAGNITUD Y TRASCENDENCIA”.
Protección
protección efectiva e integral de niños, niñas, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad, asegurando su bienestar y derechos dentro del núcleo familiar.
Reconocimiento y Valoración del Trabajo Doméstico: Se propone dar un valor económico a las actividades domésticas y al cuidado de hijos e hijas, reconociendo la importancia de estos roles en el sostenimiento y funcionamiento del hogar.
Protección de Derechos en el Concubinato: Se garantiza el cumplimiento de derechos y obligaciones recíprocas en las relaciones de concubinato, incluyendo aspectos alimentarios y sucesorios.
Actualización en Materia de Adopción: Se contemplan nuevas reglas para la adopción de niños, niñas y adolescentes, así como la regulación de la adopción por parte de adultos, lo que busca evitar prácticas de trata y tráfico de personas, protegiendo la dignidad de los menores. Seguimiento Post-Adoptivo: Se ha establecido un periodo de seguimiento post-adoptivo mínimo de tres años, durante el cual el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) llevará a cabo visitas domiciliarias cada seis meses para evaluar la integración familiar y el bienestar del adoptado. Este seguimiento busca asegurar una adaptación adecuada y detectar a tiempo cualquier problema que pueda surgir, garantizando el éxito de la adopción.
MEDIANTE ESTA REFORMA INTEGRAL, SE REFORMAN Y ADICIONAN 295 ARTICULOS DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, ASEGURANDO QUE EL ORDEN JURÍDICO RESPONDA A LOS DESAFÍOS MODERNOS, FORTALECIENDO LA CONFIANZA EN EL SISTEMA JUDICIAL Y EN LAS INSTITUCIONES QUE LO SUSTENTAN. ESTO INCLUYE LA CORRECTA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA Y LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DENTRO DEL ÁMBITO FAMILIAR.
Fortalecimiento de la Capacidad Jurídica: Se amplian las disposiciones sobre la capacidad jurídica de las personas, especialmente en lo referente a la adquisición y ejercicio de sus derechos civiles, con un enfoque que busca la no discriminación, sobre todo atendiendo a los criterios de la SCJN sobre personas con estados de interdicción.
Menores en Procesos Judiciales: Se proponen medidas para asegurar que en todos los procesos judiciales que involucren a menores, se actúe en su mejor interés, dando prioridad a su bienestar físico y emocional.
Clarificación en los Procesos de Matrimonio y Divorcio: Se establecen procedimientos más claros y equitativos en caso de disolución del matrimonio, lo que garantiza la protección de los derechos de ambos cónyuges.
Simplificación de Procesos Legales: La creación de la figura de divorcio ante notario ofrece una alternativa más rápida y económica para la disolución del matrimonio de común acuerdo, lo que facilita la transición de las parejas a nuevas etapas de vida con menos conflicto.
Legislación Inclusiva: Se hace un esfuerzo por emplear lenguaje inclusivo y perspectiva de género en todo el Código Civil, lo que promueve la igualdad y visibiliza a todos los integrantes de la sociedad,entre otras.